FEBRERO 2020
Modernización tributaria e impuestos verdes en Chile

Una recaudación de US$ 379 millones han obtenido los impuestos verdes desde su implementación en 2017. Una iniciativa tiene como objetivo que las empresas incorporen tecnologías o cambios en sus procesos productivos que disminuyan su contaminación.

El 24 de febrero de 2020 se publicó la Ley N°21.210, que Moderniza la Legislación Tributaria. Las modificaciones entrarán en vigencia a partir de enero de 2023, quedando gravadas las emisiones de ese año en 2024. Por su parte, las nuevas normas sobre compensación de emisiones se aplicarán a contar del 24 de febrero de 2023.

Con la promulgación de la nueva reforma tributaria, los impuestos verdes se aplicarán a toda fuente fija y no solo por tener una capacidad instalada de 50 MWt, sino que será por aquellas que emitan 100 toneladas anuales de material particulado o más de 25.000 toneladas de CO2. Además, las empresas tendrán la posibilidad de compensar sus emisiones mediante programas que reduzcan su contaminación dióxido de carbono y así no pagar el gravamen

La Superintendencia del Medio Ambiente recopilará la información para que en marzo el SII pueda cobrar a las empresas que cumplan con las condiciones para este gravamen. 

Se espera que el escenario cambie, pues la recaudación se ha mantenido similar tras dos años del inicio de los impuestos verdes, cuando el objetivo es que se implementen nuevas tecnologías para mininmizar la contaminación y se reduzca la carga tributaria de estas empresas.

Finalmente, esta ley establece que los contribuyentes afectos al impuesto de primera categoría pagarán, por una única vez, una contribución para el desarrollo regional respecto de los proyectos de inversión que se ejecuten en Chile y que comprendan la adquisición, construcción o importación de bienes equivalentes a US $10.000.000 o más, y que deban someterse al SEIA. Están exentos de la obligación los proyectos destinados exclusivamente al desarrollo de actividades de salud, educacionales, científicas, de investigación o desarrollo tecnológico, y de construcción de viviendas y oficinas. El monto de la contribución equivale al 1% del valor de adquisición de los bienes, en la parte que exceda los US $10.000.000.

Fuente : LT PULSO / Morales & Besa
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