El Ministerio del Medio Ambiente sometió a consulta pública una serie de modificaciones al denominado Decreto 40, que establece el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), entre ellas dos propuestas orientadas específicamente a ajustar dicho reglamento con la entrada en vigencia de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).
Se trata de una actualización normativa largamente reclamada por la industria y el ecosistema nacional de reciclaje, que apunta a establecer criterios de consideración específicos para instalaciones de valorización de residuos, de acuerdo con sus reales impactos ambientales potenciales.
el actual reglamento del SEIA no distingue entre las plantas de valorización y plantas de disposición final de residuos -los rellenos sanitarios y vertederos-, dejándolas en las mismas categorías de evaluación ambiental, tanto para el caso de los residuos municipales -o domiciliarios- como para los residuos industriales. Una situación que también se repite en el Código Sanitario, que habla de “plantas de tratamiento de basuras y desperdicios” para referirse a instalaciones tan diversas como un gran relleno sanitario y una pequeña planta de compostaje municipal.
En general, estas regulaciones son vistas como uno de los principales “dolores” del incipiente ecosistema circular y de la Ley REP en Chile, ya que son consideradas como barreras o trabas para las soluciones y nuevos modelos de negocios que están apareciendo o se busca implementar, por lo que las modificaciones regulatorias que se están empezando a realizar apuntan a medidas mucho más específicas y directas.
Estos cambios se alinean también con la Hoja de Ruta para la Economía Circular lanzada en julio del año pasado, en que se estableció un capítulo completo de “regulación circular”, donde se propuso una actualización completa del marco regulatorio de la gestión de residuos para facilitar el reúso y la valorización. Entre ellas, se encuentra precisamente el actualizar la normativa y los procedimientos del SEIA para establecer criterios de consideración específicos para instalaciones de valorización de residuos.
En concreto, la propuesta sometida a consulta pública por el Ministerio del Medio Ambiente establece dos tipos de modificaciones principales en esta materia. La primera se refiere a las instalaciones de tratamiento de residuos sólidos de origen domiciliario, reguladas en el literal 0.5 del Artículo 3 del decreto, que establece que los proyectos que deberán someterse al SEIA son las “plantas de tratamiento y/o disposición de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, estaciones de transferencia y centros de acopio y clasificación que atiendan a una población igual o mayor a cinco mil (5.000) habitantes”.
La consulta ciudadana estará disponible hasta el 21 de marzo de 2022 en: https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/121}