El Ministerio del Medio Ambiente informa a los Productores de Productos Prioritarios que, dado que el plazo señalado en la Resolución Ex. N° 0869/2017 MMA finaliza en día inhábil, se entiende prorrogado para el día hábil siguiente (art. 25 de la Ley 19.880). Por tanto, el término del plazo otorgado para la Declaración de artículo segundo transitorio de la Ley 20.920 es el lunes 02 de octubre.
El Ministerio del Medio Ambiente mediante definió como plazo máximo el lunes 2 de octubre para entregar la información requerida a los productores de los siguientes productos prioritarios:
a) Aparatos eléctricos y electrónicos.
b) Envases y embalajes.
El Ministerio del Medio Ambiente está facultado para solicitar información a los productores de productos prioritarios tanto en la comercialización de ellos y en los residuos post consumo que generan, la cual debe entregarse a través del RETC, en base a las consideraciones descritas en la Resolución Exenta Nº 0483.
En el caso del producto prioritario “Envases y Embalajes”, tal como indica la Ley 20.920 en su artículo 3, "el productor es aquel que introduce en el mercado el bien de consumo envasado o embalado".
Por lo tanto, a los fabricantes de “Envases y Embalajes”, de esta Resolución Nº 0483, les corresponde aplicar de la Ley 20.920 el articulo 3, letra c) "Importan productos prioritarios para su uso profesional”.
Es decir: Declarar residuos de envases y embalajes de aquellos materiales, insumos que se IMPORTEN DIRECTAMENTE para uso profesional (uso en procesos propios de fabricación). Por ejemplo: barnices, resinas, tintas, pellet, cartulinas, papeles, etc. Todo el envase y embalaje que contenía estos materiales debe ser declarado (no el material en sí).
Posteriormente la Plataforma REP, solicita información sobre la gestión de estos residuos: se debe indicar “NO APLICA” ya que son declarados por las empresas en SINADER o SIDREP.
Con motivo del cierre de plazo para el registro y entrega de información requerida a los Productores de Productos Prioritarios, los profesionales del Ministerio del Medio Ambiente estarán atendiendo consultas en la plataforma telefónica el viernes 29 de septiembre y el lunes 02 de octubre de 09.00 a 17.00 horas. Recordamos que el teléfono de orientación es el 2573 5600 opción 5.
Instructivo de uso Plataforma REP
http://cenem.cl/descargas/PLATAFORMA_REP_EyE.pdf
Resolución exenta N°0483 :
http://cenem.cl/descargas/RES_EX_0483.pdf
Resolución exeta N°0869/2017 MMA :
http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=documento/descargar&codigo=e721a54a8cf18c8543d44782d9ef681f