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Aprueban ley que regula plásticos de un solo uso en Chile

A dos años de su ingreso y con la incorporación de una sanción para quienes comercialicen botellas plásticas sin la certificación correspondiente, el Congreso aprobó ley que limita la generación de productos desechables y que establece regulación de plásticos de un solo uso, impulsado transversalmente por el Ministerio del Medio Ambiente, organizaciones de la sociedad civil y parlamentarios (Ver Boletín: 12633-12).

Utensilios como las bombillas, mezcladores o los cubiertos plásticos no podrán ser entregados en los locales de venta de comida o a través de los servicios de delivery.

La ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, sostuvo que “la aprobación de este proyecto, apoyado transversalmente por los parlamentarios y la sociedad civil, es un hito en el cuidado y protección del medio ambiente de Chile. Un proyecto responsable, pero ambicioso que permite hacernos cargo de más de 23.000 toneladas de plásticos de un solo uso que generan, al año, locales como restaurantes, bares, cafeterías y el delivery”.

El proyecto limita la entrega de los productos de un solo uso que se entregan en los restaurantes, casinos, clubes sociales, cocinerías, fuentes de soda, cafeterías, salón de té, panaderías, bares, u otros locales similares que comercialicen comida preparada.


*Fuente: Fundación Oceana

En específico, si el consumo es dentro del establecimiento, se prohíbe la entrega de productos de un solo uso, cualquiera sea el material del que estén compuestos, por  lo que solo se pueden utilizar productos reutilizables.

Esta ley también obligará a los supermercados, tiendas de conveniencia y almacenes a ofrecer siempre opciones de bebidas retornables y estarán obligados a recibir el envase del consumidor. Además, respecto a las botellas desechables, se exigirá que incluyan porcentajes de plásticos recolectados y reciclados dentro de Chile.

La titular de Medio Ambiente explicó que “el proyecto también prohíbe que los delivery de alimentos preparados entreguen en plásticos, salvo que se trate de plásticos compostables certificados. Asimismo, establece la obligación de que las botellas plásticas sean hechas en base a plástico recolectado y reciclado en Chile, potenciando así la industria del reciclaje en nuestro país”.

Desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial, que ocurrirá en los próximos días, en un plazo de seis meses quedará prohibida la entrega de cubiertos, revolvedores, bombillas y cualquier artículo de plumavit en todos los locales de expendio de comida preparada del país, ya sea que el consumo se realice al interior del local o en delivery. En el mismo plazo, todos los supermercados del país estarán obligados a vender bebidas en formato retornables y a recibir dichos envases de las personas.
 

El incumplimiento de esta ley genera multas entre 1 UTM y 5 UTM por cada producto entregado que no cumpla la normativa. Todas las personas pueden denunciar, y lo recaudado por las multas será de beneficio municipal.

Finalmente, impone al Ministerio del Medio Ambiente el promover e implementar programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía sobre el impacto ecológico de los productos de un solo uso y la importancia de reducir su consumo, y fomentará el uso de productos reutilizables y retornables; y promover el compostaje y el desarrollo del compostaje industrial municipal, pudiendo colaborar con los municipios para el desarrollo de estas plantas en las diversas comunas del país.

 

Fuente: MMA

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