Alfred Sherman, abogado socio del área laboral de Jara del Favero Abogados, fue el expositor de un interesante webinar sobre la llamada Ley Karin (N°21.643), que entró en vigor el 1 de agosto de este año. Se trata de una normativa que modifica el código del trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo.
A grandes rasgos, esta normativa impone protocolos obligatorios, evaluaciones de riesgos y sanciones para conductas de acoso, con el fin de transformar la cultura organizacional y promover entornos laborales más seguros.
“La Ley Karin impone grandes desafíos y tareas, lo que implica un proceso de corrección continua para las empresas”, destacó el abogado.
Dentro de los objetivos de la Ley Karin, el experto destacó que la citada normativa:
– Establece relaciones laborales basadas en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género.
– Adecúa los parámetros establecidos en la Organización Internacional del Trabajo a través del Convenio 190, el cual fue aprobado y ratificado por Chile
– Modifica y regula la investigación y sanción del acoso laboral y sexual en el trabajo, introduciendo además una nueva figura de violencia en el trabajo.
Al mismo tiempo, se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes. Además, incluye normas relativas al derecho que les asiste a los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.
Fuente: CENEM