El jueves 25 de julio se realizó un interesante webinar para los socios de CENEM en donde el abogado Sebastián Herrera Larraín, socio de Lathrop, Mujica Herrara & Diez Abogados, se refirió al Proyecto de Ley (Boletín 16487-12), que se presentó en diciembre de 2023 al congreso, el que propone la prohibición por 4 años de la importación de plástico peletizado y polietileno de baja y alta densidad, que sean comercializados como insumos para la elaboración de productos de un solo uso dentro del territorio nacional.
Los autores de este proyecto de ley son los diputados Jaime Araya (independiente PPD), Felipe Camaño (Independiente), Camila Musante (independiente PPD) y Héctor Ulloa (independiente PPD).
El objetivo del proyecto de ley es prohibir por 4 años la importación de plástico peletizado y de polietileno de baja densidad y alta densidad, y que sean comercializados como insumos para la elaboración de productos de un solo uso, dentro del territorio nacional. La razón de que sean 4 años es para buscar impulsar a la ley REP durante este tiempo. Pese a que el artículo que modifica el proyecto es un artículo de la ley REP que trata la importación de residuos, el texto actual del proyecto no lo acota. Asimismo, es relevante tener presente que, a diferencia del proyecto de ley anterior, que no se limita a los plásticos usados por la industria del food service, sino que se refiere a todos los plásticos, tema es de gran relevancia e interés para el sector de envases y embalajes.
De acuerdo a lo mencionado por el abogado: “Lo que se busca es esperar a que la Ley REP se despliegue a cabalidad dentro del territorio y ya las metas de valorización y recolección sean más exigentes de lo que son hoy día”, y por lo tanto los citados plásticos importados de acuerdo al proyecto, sean prohibidos en el plazo indicado.
Dentro de otras consideraciones, Herrera recalcó que es importante tener presente que al estar dentro de la Ley REP no le es aplicable necesariamente la definición de “producto de un solo uso” que está dentro de la ley PUSU, en donde tiene una definición acotada “donde establece ciertos productos que son utilizados principalmente por la industria del food service para la entrega a los consumidores e incluso con algunas exclusiones”.
En el bloque final de la presentación los asistentes pudieron realizar preguntas y aclarar dudas respecto a este tema, que sin duda fue de gran aporte para los socios de CENEM.
(Ver más información sobre la ley 21.638 o ley PUSU)
Fuente: CENEM